jueves, 15 de febrero de 2018

Los novedosos contratos energéticos PPA

La regulación de la producción energética en España ha establecido subastas de asignación de potencia en base a un descuento sobre los costes de inversión. La reducción se ha traducido en una eliminación total de la retribución regulada. Esto deja a los proyectos, de manera general, con el único ingreso de la venta de la energía generada.

Aunque la mejora tecnológica en la generación de energías renovables ha permitido que los nuevos proyectos puedan ofrecer su energía, a largo plazo, con menores costes que los de la generación convencional, con la desaparición del ingreso asegurado (la tarifa regulada, la prima o la retribución específica) hacen que las nuevas instalaciones no puedan encontrar financiación en la modalidad de project finance, donde la garantía del financiador es el propio proyecto, porque los bancos no tienen seguridad de si el precio de la venta de la energía en el pool eléctrico será suficiente para recuperar su inversión en el periodo acordado.

Para la puesta en marcha de los proyectos es necesario, por lo tanto, contar con acuerdos con compradores de la energía generada por la instalación durante los años en los que ésta deba devolver la inversión, entre 10 y 15 años, los novedosos, en España, PPA.


Este tipo de contratos no son algo nuevo, los primeros tuvieron lugar hace casi 10 años en países como Estados Unidos o Gran Bretaña, y tomaron cierto empuje a partir de 2012, cuando Google y Apple firmaron su primer PPAde energía renovable. Todos prevén que en el corto plazo serán algo común en el sector de la energía, pero hoy en día están en periodo embrionario, y se piensa en los mismos como la nueva tendencia para los consumidores, la gran solución para la renovable.

Parece que se vislumbra como la solución para muchos de los productores de renovables que, tras las subastas realizadas el año pasado por el Gobierno, deben encontrar financiación urgente para cumplir con el plazo y estar operativos en 2020. Dada la volatilidad del mercado OMIE, los PPA les ofrecen, en teoría, una alternativa de ingresos estables a largo plazo. El interés inicial por los PPA, por lo tanto, está siendo alimentado por los productores.

Un contrato PPA queda definido por sus propias siglas en inglés (Power Purchase Agreement). Es decir, estamos delante de un acuerdo de compra-venta de electricidad entre un consumidor y un productor independiente, sin intermediarios. Mediante dicho acuerdo, el consumidor se compromete a adquirir del productor un determinado volumen de energía producida por éste, a un precio establecido y por un horizonte temporal determinado. Dicho acuerdo, por tanto, debe establecer un marco comercial y financiero, así como delimitar los riesgos y responsabilidades de cada una de las partes. Es un acuerdo contractual de naturaleza privada, y mientras ambas partes estén de acuerdo en las condiciones de la transacción, quedaría ajeno de las condiciones del mercado mayorista. Suelen ser contratos a largo plazo, en los que muchas veces el mismo comprador participa en la inversión de la planta de generación.

Las condiciones que recogería un acuerdo tipo PPA podrían ser las siguientes:
-Precio y cantidad (volumen mínimo y máximo, penalizaciones,…)
-Fecha de inicio – duración.
-Punto de entrega.
-Facturación y plazos de liquidación.
-Condiciones de entrega de la energía producida.
-Garantías.
-Cláusulas de salida.

En función de los términos que se establezcan en el acuerdo, que pueden o no implicar el suministro de dicha energía, principalmente se podría hablar de dos tipos:
-PPA físico
-PPA financiero (o virtual)


Según la actual regulación del sector eléctrico en España, un PPA físico podría encajar en alguna de estas posibilidades:
-Conexión con una línea directa entre consumidor y productor, en régimen de autoconsumo.
-El comprador es Consumidor Directo a mercado y, por tanto, establece el acuerdo directamente con el productor.
-Se incluye en el acuerdo a una tercera parte: una empresa comercializadora que actúa a su vez de representante del productor.


Este tipo de PPA puede aportar soluciones más personalizadas en función del perfil de carga de ambas partes, estableciendo fórmulas de contratación totalmente particularizadas. Aunque no están exentos de ciertos riesgos: perfilado, volumen, disponibilidad, a los que que están asociados.

Los promotores y desarrolladores de proyectos de energía renovable utilizan este tipo de contratos para atraer a inversores privados que se sienten cómodos con la capacidad del cliente para hacer pagos durante la vigencia del acuerdo. Los inversionistas individuales determinan el valor de PPA sobre la base de criterios que van desde el tiempo, el precio de la energía suministrada, la calidad crediticia de la contraparte, y otros detalles del contrato.

Si los pagos de energía durante la vida del contrato, además de los otros incentivos producen un retorno de la inversión deseable, entonces los inversionistas aportarán el capital inicial para financiar el proyecto. Debido a la diferencias de tarifas y otros factores que dependen de la zona y país, cada caso en diferente. Por lo que se realiza un estudio detallado de cada caso en particular.

Existe un amplio sector de expertos del sector energético que aduce que un PPA físico puede tener sentido en países con una escasa red de distribución de energía, pero en España por sus características en este sentido, principalmente se estarían negociando PPA financieros.

Estos PPA financieros o virtuales, su naturaleza es la de una transacción meramente financiera, independiente del volumen realmente producido o consumido.

Con la volatilidad del mercado OMIE y la incertidumbre regulatoria, el poder garantizar un ingreso estable es para muchos productores una importante herramienta para conseguir la financiación buscada. Por tanto, suelen ser contratos a largo plazo (más de 10 años), con el objetivo de financiar proyectos greenfield (aquel que se refiere a la realización de un proyecto desde cero, o aquel existente que se cambia en su totalidad), obteniendo el apalancamiento óptimo que maximice el rendimiento de la inversión en nuevas instalaciones. Aunque también permiten garantizar unos mínimos ingresos para la generación ya instalada de ciertas comercializadoras verticalmente integradas que incluyen su generación renovable ya operativa en los acuerdos con sus clientes finales.

El objetivo último para gran parte de los productores es, por tanto, la financiación y la reducción de riesgos que ofrece el PPA. Para que un banco financie un proyecto renovable, requiere tres principales condicionantes: un flujo de caja constante, tecnología probada y un marco legal estable. Las tecnologías eólica y fotovoltaica han quedado probadas en los últimos años y, aunque el energético no sea un sector estable a nivel legal, no es el factor restrictivo. Por tanto, la limitación está en el cash-flow. Como ya se ha apuntado, con la incertidumbre en los ingresos derivados del mercado diario OMIE y la variación de las primas (si es que se reciben), hace que el PPA pudiera ser la opción más viable para conseguir la financiación.


José Ramón Vozmediano Cebrián. ECOnsultor de contratación.

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